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La prensa descontrolada

06 domingo Jul 2014

Posted by ibadomar in Historia, Política, Prensa

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Carrero Blanco, Corrupción, España, Fraga, Franquismo, Guerra Civil, Historia, MATESA, Mussolini, Periodismo, Política, Siglo XX

Llevamos unos días ajetreados y todo porque a uno de los miembros de nuestra clase política se le ha ocurrido decir que los medios de comunicación deberían estar bajo control público para impedir que estén en manos del poder económico, en otras palabras, que siendo la prensa órgano decisivo en la formación de la cultura popular no se puede dejar sin control ni admitirse que el periodismo viva al margen del Estado.

Habría que preguntarse cómo sería en la práctica ese control público. Para empezar se debería decidir qué organismo ejerce el control. En última instancia sería un ministerio, pero se necesitaría crear alguna agencia ex profeso. Como el territorio nacional es grande, para descentralizar la tarea se podrían crear sub-agencias de ámbito provincial (por ejemplo, aunque también podría ser autonómico) a las que llamaremos Servicio de Prensa, por encima de las cuales estaría la coordinadora a nivel nacional: el Servicio Nacional de Prensa. Es una estructura lógica: los directores de los medios de comunicación seguirían las directrices de su Servicio de Prensa y para coordinar todos los servicios provinciales estaría el Servicio Nacional de Prensa integrado en el Ministerio. Los directores de los medios de comunicación serían responsables de lo publicado y, puesto que dirigirían lo que se puede considerar un servicio público, su nombramiento sería aprobado por el Ministerio. Para ejercer un control efectivo los periodistas tendrían que tener un carnet y estar registrados en el Servicio Nacional de Prensa.

Quien esté de acuerdo con la idea del control público (es decir, político) de los medios de comunicación supongo que verá estas ideas como una forma coherente de ejercerlo. Pero ¿en qué detalles se esconde el diablo? Pues… en todos. El párrafo anterior es un resumen de la Ley de Prensa promulgada por el general Franco en abril de 1938, es más, las partes que he escrito en cursiva son copia literal de aquella ley, que fue promulgada en plena Guerra Civil y es en algunos aspectos incluso más restrictiva que la ley de Mussolini que la inspiró.

La ley de 1938 tenía aspectos peculiares, como el de hacer que la empresa editora fuera co-responsable de los actos de un director que les había sido impuesto. Un ejemplo de las situaciones a las que daba lugar es el caso del periódico monárquico por excelencia, ABC, que tuvo como director entre 1940 y 1946 a José Losada de la Torre, quien llegó a publicar un artículo antimonárquico, obviamente en contra del criterio del consejo de administración. Lo curioso es que el propio Losada hubo de dimitir finalmente por una queja del ministro de la Gobernación, que estaba furioso porque se hubiera publicado un extracto de un discurso suyo y no el discurso entero.

La ley de 1938 llevó las cosas al extremo de que los censores repasaran con detenimiento artículos enviados por el propio gobierno y escritos con pseudónimo por el mismísimo Franco. La sanciones podían llegar por los motivos más variopintos, como la multa que se le puso al semanario Mundo por olvidar conmemorar el cumpleaños de Hitler en 1944. A veces rozaban el esperpento, como cuando el ABC de Sevilla fue multado por un anuncio de Jerez en el que se leía, tras mencionar las maravillas del vino publicitado, «para excelencia, González Byass». Parece un eslogan inocente, pero el censor vio en la palabra excelencia una alusión al Caudillo y la multa fue de 10.000 pesetas de las de 1939.

No fue hasta 1966, cuando aquella ley quedó derogada al promulgarse la célebre Ley de Prensa impulsada por el entonces ministro de Información y Turismo, Manuel Fraga. Como ministro de Información, Fraga presenta una especie de doble personalidad; por un lado era responsable de la propaganda oficial, y lo demostró dirigiendo la campaña de prensa en defensa del régimen ante el escándalo internacional provocado por el fusilamiento de Julián Grimau o preparando la celebración de los «25 años de paz», lo que puede hacer pensar en un miembro de lo que llamaríamos la línea dura. Sin embargo Fraga fue, junto con Solís Ruiz, el máximo representante del ala «aperturista» del franquismo en oposición a los «inmovilistas». Precisamente su ley de Prensa fue una de las más claras muestras de esa apertura. El proyecto de ley fue aprobado por el gobierno en octubre de 1965, pero la oposición que encontró era tan fuerte (especialmente por parte de Carrero Blanco), que no fue ratificado por las Cortes hasta mayo de 1966. ¿Pero qué tenía aquella ley para que fuese tan temida por los inmovilistas?

Lo que tenía era, precisamente, que sacaba a la prensa del control político. Se dejaba de ejercer la censura previa (salvo si se declaraba el estado de guerra o de excepción) y además la empresa editora tenía libertad para nombrar al director de la publicación. Esto no quiere decir que fuese una ley permisiva: el artículo segundo especificaba los límites, que eran «el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa nacional, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del orden público». Aunque los límites fuesen tajantes y un tanto difusos, ahora los periodistas podían arriesgarse a tantear hasta dónde podían llegar antes de que les cayera una sanción, que era en sí misma una prueba de la falta de las libertades que en teoría garantizaba la ley.

Aunque la Ley de Prensa no fuera una garantía de libertad de expresión, sí fue lo suficientemente abierta para cobrarse una víctima notable: su impulsor. Todo ocurrió a raíz del caso MATESA, una empresa dedicada a la fabricación y exportación de maquinaria textil que había obtenido mucho dinero en incentivos a la exportación, desgravaciones fiscales y ayudas a la investigación. En agosto de 1969 saltó el escándalo cuando la prensa publicó que gran parte de las exportaciones eran ficticias. El Gobierno tuvo que embargar los bienes de la empresa y encarcelar a su principal accionista a causa del revuelo generado. En realidad tampoco hay que dar por sentado que aquel escándalo fuera un triunfo de la prensa «libre» ya que Manuel Fraga estaba entre quienes podían tener interés en ver debilitarse a los ministros de Hacienda y Comercio, con quienes mantenía diferencias en las luchas de poder entre los distintos sectores del franquismo de la época. Consiguió su objetivo a medias, ya que ambos ministros salieron del gobierno, pero él también fue destituido.

Las razones que apuntaba Carrero Blanco (vicepresidente del gobierno en aquel momento) para la destitución de Fraga se basaban en su deslealtad en el caso MATESA y en algo más: según Carrero quien leyera la prensa de la época sacaría la conclusión de que España era un país «políticamente inmovilista, económicamente monopolista y socialmente injusto» y además añadía: «las librerías están llenas de propaganda comunista y atea». Nada de eso habría ocurrido, naturalmente, de seguir vigente la Ley de Prensa de 1938.

La moraleja de esta historia es que hay que pensarlo dos veces antes de proponer que el Estado controle la prensa. Es posible que una prensa libre se vea controlada por grupos de poder, pero mientras esos grupos sean varios y diferentes, el lector podrá recibir varias versiones de la realidad y componer su propia visión. Y si un sector lo suficientemente numeroso no encuentra unos medios de comunicación satisfactorios siempre podrá intentar fundar el suyo propio o encontrar a quien sí le interese crear un nuevo medio para satisfacer su demanda. Pero bajo una ley como la de 1938, que ponga a los medios bajo control político, sería imposible encontrar una información contraria a los intereses de quienes la manejan. ¿Alguien cree que los casos Roldán, Gurtel, EREs, etc, que tanto han afectado a los políticos, se habrían destapado si los medios de comunicación estuvieran por completo en sus manos?

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Vuelven Rocco y sus hermanos

08 jueves Dic 2011

Posted by ibadomar in Historia, Política

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Fascismo, Franquismo, Historia, Mussolini, Siglo XX

Vivimos tiempos convulsos. En apenas tres o cuatro años nuestra percepción del mundo ha cambiado: ¿Cuántos de los que pedían una hipoteca en el 2008 la pedirían ahora? ¿En qué banco se la concederían? ¿Queda alguien que crea que está a salvo de la crisis que hace apenas tres años se negaba? La situación es difícil y eso implica cambios, cambios a veces profundos que definirán la forma de nuestra sociedad, haciéndola diferente de la que conocemos y transformándola en algo nuevo que nunca hemos visto… ¿o tal vez sí?

En el último año hemos asistido a noticias que hacen pensar que el mundo de las relaciones laborales está experimentando una compleja transformación. Un día podemos leer que se impondrá en las negociaciones laborales el arbitraje obligatorio, puesto que la negociación convencional acompañada de las clásicas medidas de presión ya no es deseable al parecer. Otro día vemos que en Italia la FIAT considera sus convenios como nulos a partir del 1 de Enero, puesto que los considera obsoletos e ineficaces. El que el gobierno español decidiera hace un año utilizar al ejército contra un colectivo (al que dicho sea de paso pertenezco, aclaración necesaria para los suspicaces) y decretara un estado de alarma ¿o era de excepción? también es significativo. Las relaciones laborales están cambiando, sí pero ¿de verdad no hemos visto todo esto antes?

El Rocco al que hace referencia el título del artículo es Alfredo Rocco, ministro de Justicia de Italia entre 1925 y 1932, en plena época fascista. Su nombre está asociado a la ley de relaciones laborales de 1926, conocida como Ley Rocco, que establecía el monopolio de los sindicatos fascistas y prohibía tanto las huelgas como los cierres patronales. En realidad el terreno ya venía preparado por el pacto del palacio Vidoni, firmado en 1925, por el que los grandes industriales italianos reconocían a los sindicatos fascistas como únicos representantes de los trabajadores. En 1927 la Italia de Mussolini promulgó la Carta del Lavoro, ley que regulaba las condiciones de trabajo y que, entre otras cosas, establece que los conflictos laborales serán regulados por una Magistratura de Trabajo, es decir por un procedimiento de arbitraje obligatorio.

La Carta del Lavoro es un documento que tiene mucho interés para los interesados en la Historia reciente de España porque en ella se inspira el Fuero del Trabajo de 1938. Esta ley, que forma parte del conjunto conocido como Leyes Fundamentales del Reino, fue durante 40 años la norma suprema en lo referente a las relaciones laborales en España. La organización franquista de la sociedad da un papel preeminente al sindicato vertical, que agrupa a patronos y obreros consiguiendo, en teoría, superar las discordancias entre ambos estamentos.

En la práctica los trabajadores estaban claramente subordinados y la muestra más clara lo constituyen las elecciones sindicales de 1966. El dirigente franquista José Solís intentó, quizás ingenuamente, aglutinar a los trabajadores alrededor de la OSE (Organización Sindical Española). Para las elecciones sindicales de aquel año, que se pretendió que fueran limpias, se estimuló la participación bajo el lema «votar al mejor». La participación fue efectivamente muy alta, pero los delegados sindicales elegidos no se distinguían precisamente por su sumisión. Aquel experimento de «democracia sindical» no se repitió y dejó claro que los trabajadores no se sentían representados por el sindicalismo vertical.

El sindicato, por tanto, no servía para resolver los conflictos laborales, pero éstos seguían presentes. Aparece entonces un esquema de actuación que se repite monótonamente en varias ocasiones durante la era franquista: ante un conflicto laboral se declara una huelga, pero al estar las huelgas terminantemente prohibidas por ley el gobierno no se enfrenta a ellas como problema laboral sino como problema de orden público. Se inicia entonces una acción represiva que desencadena más huelgas en solidaridad con los trabajadores represaliados. La espiral crece y culmina con la declaración del estado de excepción en una parte del territorio, lo que implica la anulación de los derechos otorgados por el Fuero de los Españoles. El caso más espectacular es el de 1969, cuando el estado de excepción se decreta en toda España.

Estamos ya en el siglo XXI y hoy la huelga se valora como un derecho; se considera que no es la imposición de un tercero sino la negociación entre empresarios y trabajadores la vía para la resolución de los conflictos laborales y la suspensión de derechos es impensable en el marco de la Constitución del 78… ¿o no es así? Alfredo Rocco murió en 1935, pero al parecer sus hermanos siguen vivos. Y han vuelto.

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